Antiguos Linderos

Principios tradicionales e inmutables que resguardan la regularidad de la Masonería.
Los Antiguos Linderos de la Masonería

Los Antiguos Linderos Inmutables de la Francmasonería o Landmark
adoptados el 25 de Marzo de 1882 al constituirse la
Gran Logia de los AA.·. LL.·. y AA.·. Masones de la República del Perú
(Páginas 5 y 6 de la Constitución de la Gran Logia del Perú).

Los Antiguos Linderos son los principios y normas tradicionales que, según la Masonería regular, definen su naturaleza y delimitan su práctica. Se consideran inmutables y no pueden ser alterados sin afectar la esencia misma de la Orden. A continuación se presenta su relación sintética.

LinderoEnunciado
Lindero ILos modos de reconocimiento.
Lindero IILa división de la masonería simbólica en tres grados.
Lindero IIILa leyenda del tercer grado.
Lindero IVEl gobierno de la fraternidad por un Gran Mestro.
Lindero VLa prerrogativa del Gran Maestro de presidir la Gran Logia y toda Logia de su jurisdicción.
Lindero VILa prerrogativa del Gran Maestro de dar dispensa con el objeto de conferir grados fuera de la época reglamentaria.
Lindero VIILa prerrogativa del Gran Maestro de conceder dispensa para organización de Logias.
Lindero VIIILa prerrogativa del Gran Maestro de hacer masones a la vista.
Lindero IXEl imperativo de que los masones se reúnan en Logias.
Lindero XEl gobierno de las Logias por un Venerable Maestro y dos Vigilantes.
Lindero XILa necesidad de que toda Logia, cuando reunida esté a cubierto.
Lindero XIIEl derecho de todo Masón y de toda Logia de estar representados en la Gran Logia
Lindero XIIIEl derecho de todo Masón de apelar ante la Gran Logia de las desiciones de su Logia.
Lindero XIVEl derecho de todo masón regular y activo para visitar.
Lindero XVEl deber de examinar a todo visitador antes de permitir la entrada a la Logia
Lindero XVILa prohibición de una Logia para intervenir en los asuntos de otra.
Lindero XVIILa obligación de todo masón de estar sujeto a las leyes y Reglamentos de la Gran Logia de su Jurisdicción.
Lindero XVIIILa posesión de ciertas indispensables cualidades por los candidatos a la Iniciación.
Lindero XIXLa creencia en la existencia de un Ser Supremo, como el G.·.A.·.D.·.U.·.
Lindero XXLa creencia en la inmortalidad del alma.
Lindero XXILa necesidad de que un LIBRO DE LA LEY sea indispensable en cada Logia, como que contiene la voluntad revelada del G.·.A.·.D.·.U.·.
Lindero XXIILa igualdad de todos los masones como hijos del Gran Padre de la humanidad; en amor, protección y armonía
Lindero XXIIIEl secreto de la institución.
Lindero XXIVLa fundación de una ciencia especulativa sobre un arte operativo.
Lindero XXVQue estos LINDEROS, no pueden ser jamás alterados.
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